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Efectos personales:
Son todos los artículos que un viajero o
un tripulante pueda necesitar para su uso personal en el transcurso del viaje, se encuentren en sus
equipajes acompañados o no acompañados, los lleven sobre sí mismos o en su
equipaje de mano, con exclusión de cualquier mercancía que constituya
expedición comercial.
Es el equipaje que lleva consigo el viajero al momento de su entrada o salida del país.
Es el equipaje que llega o sale del país, con
anterioridad o posterioridad a la llegada o salida del viajero, a cuyo nombre debe
estar consignado en el correspondiente documento de transporte.
Es la salida de mercancías del Territorio Aduanero Nacional
cumpliendo las formalidades y condiciones presentadas en la legislación aduanera.
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